Artículo 405 del Código Penal

A la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

Artículo 405 Código Penal

  • Código Penal
    • LIBRO II: Delitos y sus penas
      • Título XIX: Delitos contra la Administración pública
        • Capítulo I: De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
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