A la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
Artículo 405 Código Penal
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XIX: Delitos contra la Administración pública
- Capítulo I: De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
- Artículo 404
- Artículo 405
- Artículo 406
- Capítulo I: De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
- Título XIX: Delitos contra la Administración pública
- LIBRO II: Delitos y sus penas