Artículo 19 del Código Penal español

Los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código.

Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor.

Artículo 19 Código Penal

El artículo 19 del Código Penal español regula la inimputabilidad, que es la incapacidad de una persona para ser responsable penalmente de sus actos.

La inimputabilidad es una causa de exclusión de la culpabilidad, ya que la persona que es inimputable no tiene la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de actuar conforme a esa comprensión.

  • Código Penal
    • LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
      • Titulo I: De la infracción penal
        • Capítulo II: De las causas que eximen de la responsabilidad criminal
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