1. A los efectos penales se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia. En todo caso, tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados, del Senado, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo. Tendrán también la consideración de autoridad los funcionarios del Ministerio Fiscal y los Fiscales de la Fiscalía Europea.
2. Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas.
Artículo 24 Código Penal
Con la entrada en vigor de la actualización del 3 de julio de 2021, publicada el 2 de julio del mismo año, se realizaron cambios en el apartado 1, conforme a lo estipulado en la disposición final 4.1 de la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio. Antes de esta modificación, su contenido era el siguiente:
1. A los efectos penales se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia. En todo caso, tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados, del Senado, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo. Se reputará también autoridad a los funcionarios del Ministerio Fiscal.
Artículo 24.1 – Modificado con efectos desde el 3 de julio de 2021
Análisis del artículo 24 del Código Penal Español
El artículo 24 del Código Penal español define las figuras de autoridad y funcionario público a efectos penales. Esta distinción es importante porque establece quiénes pueden ser considerados como tales dentro del marco jurídico, lo que tiene implicaciones directas en la aplicación de la ley penal, ya que ciertos delitos o agravantes están vinculados al estatus de autoridad o funcionario. La definición clara de estos términos es crucial para la correcta interpretación y aplicación de la legislación penal en casos que involucran el ejercicio de funciones públicas.
Cuándo se aplica el artículo 24 CP
Este artículo se aplica cuando, en el contexto de un delito, se requiere determinar si una persona puede ser considerada autoridad o funcionario público. Esta distinción tiene consecuencias en la responsabilidad penal del autor de un delito y puede influir tanto en la tipificación del delito como en las agravantes o atenuantes aplicables. El artículo también delimita quiénes tienen la condición de autoridad y quiénes son considerados funcionarios públicos en el ámbito del Derecho Penal.
Definición de autoridad
Según el artículo 24 CP, se considera autoridad a quien, de manera individual o como parte de una corporación o tribunal, tenga mando o ejerza jurisdicción propia. Esta definición abarca a un conjunto de personas con responsabilidades especiales y poderes de decisión en la administración pública, la justicia o las instituciones legislativas.
En todo caso, se consideran autoridades a los miembros del Congreso de los Diputados, Senado, Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo. Además, se incluye a los fiscales tanto del Ministerio Fiscal español como de la Fiscalía Europea.
Ejemplos de aplicación:
- Delito contra la autoridad: Si una persona agrede a un miembro del Congreso de los Diputados durante el ejercicio de sus funciones, se le podrá acusar de un delito contra la autoridad, ya que el agredido ostenta la condición de autoridad.
- Autoridad en un tribunal: Un juez que toma decisiones como parte de un tribunal colegiado también es considerado autoridad. Si se comete un delito de desobediencia frente a un juez en el ejercicio de sus funciones, se estaría atentando contra una autoridad.
Definición de funcionario público
El artículo 24 también define como funcionario público a toda persona que, por disposición de la ley, por elección o por nombramiento de una autoridad competente, participe en el ejercicio de funciones públicas. Esta definición es más amplia y abarca a un gran número de personas que trabajan al servicio del Estado o de las administraciones públicas, independientemente de si tienen capacidad de mando o no.
Los funcionarios públicos tienen un papel crucial en la ejecución de las políticas públicas y el cumplimiento de la ley. Delitos que involucren la corrupción, el abuso de poder o la prevaricación pueden verse agravados si el autor tiene la condición de funcionario público, ya que esta responsabilidad conlleva un mayor estándar de conducta.
Ejemplos de aplicación:
- Funcionario público en un ayuntamiento: Un concejal electo por el pueblo o un funcionario administrativo nombrado en un ayuntamiento tiene la condición de funcionario público, por lo que, si comete un delito como la malversación de fondos, será juzgado como tal.
- Funcionario designado por autoridad competente: Un director de un centro educativo público, designado por el Ministerio de Educación, es considerado funcionario público. Si abusa de su posición para obtener favores personales, puede ser acusado de un delito de corrupción cometido por un funcionario.
Consecuencias penales
La calidad de autoridad o funcionario público tiene implicaciones importantes en la calificación de ciertos delitos. Delitos como la desobediencia o la resistencia a la autoridad son agravados si se cometen contra una persona que ostenta esta condición. Además, los delitos cometidos por autoridades o funcionarios (como prevaricación, corrupción o abuso de poder) también están tipificados de manera específica en el Código Penal, con penas más severas que para personas sin esta condición.
Ejemplos Prácticos:
- Resistencia a la autoridad: Una persona que se niega a cumplir una orden de un fiscal en el marco de una investigación penal puede ser acusada de resistencia a la autoridad, ya que los fiscales son considerados autoridades según el artículo 24.
- Corrupción de un funcionario público: Si un funcionario público en una administración local recibe sobornos a cambio de adjudicar contratos públicos, su condición de funcionario agrava el delito de corrupción, lo que puede acarrear penas más severas que las aplicadas a ciudadanos comunes.
- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Titulo I: De la infracción penal
- Capítulo VI: Disposiciones generales
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Capítulo VI: Disposiciones generales
- Titulo I: De la infracción penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal