Cuando todas o algunas de las penas correspondientes a las diversas infracciones no puedan ser cumplidas simultáneamente por el condenado, se seguirá el orden de su respectiva gravedad para su cumplimiento sucesivo, en cuanto sea posible.
Artículo 75 del Código Penal
Análisis del Artículo 75 del Código Penal Español
El artículo 75 del Código Penal español establece las normas que deben seguirse cuando un condenado enfrenta varias penas correspondientes a diferentes infracciones que no pueden cumplirse simultáneamente debido a su naturaleza o incompatibilidad. En estos casos, las penas se cumplirán de manera sucesiva, comenzando por la más grave y siguiendo un orden descendente según su severidad.
Cuándo se Aplica el Artículo 75 CP
El artículo 75 CP se aplica en casos donde una persona es condenada por múltiples delitos o infracciones, y la naturaleza de las penas impuestas impide su cumplimiento simultáneo. Esta situación puede darse, por ejemplo, cuando un condenado recibe varias penas privativas de libertad o cuando las penas tienen condiciones que hacen incompatible su ejecución conjunta.
La norma establece que el cumplimiento de las penas debe respetar el orden de gravedad, priorizando las sanciones más severas, como las penas privativas de libertad, antes que las privativas de derechos o las pecuniarias.
Ejemplo de aplicación:
- Condena por varios delitos graves y leves: Un individuo condenado por un delito grave con pena de prisión y varios delitos leves con penas de multa deberá cumplir primero la pena de prisión, al ser la más grave.
- Pena de prisión y trabajos en beneficio de la comunidad: Si un condenado enfrenta una pena de prisión y trabajos en beneficio de la comunidad por diferentes delitos, cumplirá primero la prisión, ya que esta tiene mayor gravedad.
Criterios para Determinar la Gravedad de las Penas
El orden de cumplimiento se basa en la gravedad de las penas, que se establece de la siguiente manera:
- Penas privativas de libertad: Son las más graves (por ejemplo, prisión permanente revisable o prisión ordinaria).
- Penas privativas de derechos: Como la inhabilitación, privación del derecho a conducir o a residir en determinados lugares.
- Penas pecuniarias: Como las multas.
El juez o tribunal debe razonar y detallar en la sentencia cómo se ordenará el cumplimiento de las penas, siguiendo este criterio.
Ejemplo de aplicación:
- Pena de prisión y prohibición de comunicarse con la víctima: Si una persona es condenada a cinco años de prisión por agresión y, además, a una prohibición de comunicarse con la víctima por diez años, cumplirá primero la prisión. Al término de esta, comenzará el período de prohibición de comunicación.
Ejecución Sucesiva de las Penas y Límites
El cumplimiento sucesivo de las penas está sujeto a ciertos límites establecidos por el Código Penal, como los relacionados con la acumulación de penas (artículos 76 y 77), que regulan los límites máximos de cumplimiento en función de las condenas impuestas. Además, si durante la ejecución el condenado es indultado o se extingue alguna pena, el orden de cumplimiento puede ajustarse.
Ejemplo de aplicación:
- Condena por múltiples delitos de distinta naturaleza: Un individuo condenado a:
- 6 años de prisión por un delito de homicidio imprudente.
- 3 años de privación del derecho a conducir por conducción temeraria.
- Una multa por daños materiales.
Importancia del Artículo 75 CP
El artículo 75 CP garantiza que el cumplimiento de las penas sea ordenado y proporcional, priorizando aquellas sanciones que tienen mayor impacto en la libertad o derechos del condenado. Además, asegura que las penas sean ejecutadas de manera eficiente, respetando las reglas de acumulación y proporcionalidad en casos de múltiples condenas.
- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título III: De las penas
- Capitulo II: De la aplicación de las penas
- Sección II: Reglas especiales para la aplicación de las penas
- Capitulo II: De la aplicación de las penas
- Título III: De las penas
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal