La autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo y fuera de los casos comprendidos en el artículo anterior, atentare contra la integridad moral de una persona será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años si el atentado fuera grave, y de prisión de seis meses a dos años si no lo es. Se impondrá, en todo caso, al autor, además de las penas señaladas, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a cuatro años.
Artículo 175 Código Penal
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título VII: De las torturas y otros delitos contra la integridad moral
- Artículo 173
- Artículo 174
- Artículo 175
- Artículo 176
- Artículo 177
- Título VII bis: De la trata de seres humanos
- Título VII: De las torturas y otros delitos contra la integridad moral
- LIBRO II: Delitos y sus penas