1. Las medidas de seguridad que se pueden imponer con arreglo a este Código son privativas y no privativas de libertad.
2. Son medidas privativas de libertad:
1.ª El internamiento en centro psiquiátrico.
2.ª El internamiento en centro de deshabituación.
3.ª El internamiento en centro educativo especial.
3. Son medidas no privativas de libertad:
1.ª) La inhabilitación profesional.
2.ª) La expulsión del territorio nacional de extranjeros no residentes legalmente en España.
3.ª) La libertad vigilada
4.ª) La custodia familiar. El sometido a esta medida quedará sujeto al cuidado y vigilancia del familiar que se designe y que acepte la custodia, quien la ejercerá en relación con el Juez de Vigilancia Penitenciaria y sin menoscabo de las actividades escolares o laborales del custodiado.
5.ª) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
6.ª) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
Artículo 96 del Código Penal
Análisis del Artículo 96 del Código Penal Español
El artículo 96 del Código Penal español regula las medidas de seguridad aplicables a personas cuya conducta delictiva presenta riesgos de reincidencia. Este artículo clasifica las medidas en privativas de libertad y no privativas de libertad, con el objetivo de proteger a la sociedad, rehabilitar al infractor y prevenir futuros delitos. A continuación, analizamos las circunstancias en las que se aplica y proporcionamos ejemplos prácticos.
¿Cuándo se aplica el artículo 96 del Código Penal?
El artículo 96 se aplica en el contexto de medidas de seguridad impuestas a personas que, por sus circunstancias personales o el tipo de delito cometido, representan un peligro de reincidencia. Estas medidas pueden aplicarse tanto en sustitución como en complemento de las penas, dependiendo de la naturaleza del caso.
Condiciones generales de aplicación:
- Pronóstico de peligrosidad:
- Debe existir un informe técnico que indique que el sujeto puede cometer nuevos delitos si no se le somete a medidas de seguridad.
- Relación con el delito cometido:
- Las medidas deben estar justificadas por la relación entre el hecho delictivo y las características personales del infractor.
- Proporcionalidad y finalidad preventiva:
- Las medidas deben ser proporcionales al riesgo y estar orientadas a prevenir futuros delitos.
Clasificación de las medidas:
- Medidas privativas de libertad:
- Son aquellas que implican un internamiento físico del infractor en un centro especializado.
- Medidas no privativas de libertad:
- Son restricciones o controles que no requieren el internamiento del sujeto.
Ejemplos prácticos de medidas privativas y no privativas de libertad
Medidas privativas de libertad
- Internamiento en centro psiquiátrico
Caso práctico:
Un individuo con trastornos mentales graves comete un delito de homicidio bajo un brote psicótico. Tras la evaluación pericial, se concluye que requiere tratamiento intensivo.
Medida aplicada: Internamiento en un centro psiquiátrico para recibir atención médica especializada. - Internamiento en centro de deshabituación
Caso práctico:
Una persona reincidente en delitos de robo cometidos bajo la influencia de drogas es evaluada como dependiente severo de sustancias.
Medida aplicada: Internamiento en un centro de deshabituación para abordar su adicción y reducir el riesgo de reincidencia. - Internamiento en centro educativo especial
Caso práctico:
Un menor con discapacidad intelectual comete un delito de lesiones graves. Se determina que necesita educación y tratamiento especializado en un entorno controlado.
Medida aplicada: Internamiento en un centro educativo especial.
Medidas no privativas de libertad
- Inhabilitación profesional
Caso práctico:
Un médico condenado por un delito de abuso sexual en el ejercicio de su profesión es evaluado como un riesgo para sus pacientes.
Medida aplicada: Inhabilitación para ejercer la medicina durante un período determinado. - Expulsión del territorio nacional
Caso práctico:
Un extranjero sin residencia legal comete un delito grave de tráfico de drogas. Se considera que no hay arraigo ni circunstancias que justifiquen su permanencia en España.
Medida aplicada: Expulsión del territorio nacional tras cumplir la pena. - Libertad vigilada
Caso práctico:
Un condenado por delitos sexuales finaliza su pena, pero los informes indican un alto riesgo de reincidencia.
Medida aplicada: Libertad vigilada, con obligaciones como la prohibición de aproximarse a menores y la realización de terapia psicológica. - Custodia familiar
Caso práctico:
Un joven con problemas de conducta comete un delito leve. Se determina que, bajo la vigilancia de un familiar, puede evitar la reincidencia.
Medida aplicada: Custodia familiar, con seguimiento por parte del juez de vigilancia penitenciaria. - Privación del derecho a conducir vehículos
Caso práctico:
Un individuo condenado por conducción bajo los efectos del alcohol y reincidencia en delitos contra la seguridad vial.
Medida aplicada: Privación del derecho a conducir vehículos durante varios años. - Privación del derecho a la tenencia y porte de armas
Caso práctico:
Una persona condenada por amenazas con armas de fuego es evaluada como peligrosa si tiene acceso a ellas.
Medida aplicada: Privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título IV: De las medidas de seguridad
- Capítulo I: De las medidas de seguridad en general
- Artículo 95
- Artículo 96
- Artículo 97
- Artículo 98
- Artículo 99
- Artículo 100
- Capítulo I: De las medidas de seguridad en general
- Título IV: De las medidas de seguridad
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal