Artículo 14 del Código Penal español explicado

1. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada, en su caso, como imprudente.

2. El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.

3. El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados.

Artículo 14 Código Penal

Análisis del Artículo 14 del Código Penal Español

El artículo 14 del Código Penal español regula el tratamiento del error en el ámbito penal, tanto en lo que se refiere al error sobre los hechos que constituyen un delito como al error sobre la ilicitud de una acción. El error se puede clasificar como invencible (cuando no puede ser evitado por el autor a pesar de su diligencia) o vencible (cuando el autor, aplicando una diligencia razonable, podría haber evitado el error). La norma establece diferentes consecuencias jurídicas en función del tipo de error y su naturaleza, afectando directamente la responsabilidad penal.

Cuándo se aplica el artículo 14 CP

Este artículo se aplica cuando el autor de una conducta delictiva actúa bajo un error, ya sea sobre los hechos constitutivos del delito o sobre la ilicitud de la acción realizada. Según el artículo 14, se distingue entre el error invencible y el error vencible:

  1. Error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal: Si la persona actúa bajo un error que no podía evitar, relacionado con los hechos que configuran el delito, queda excluida de responsabilidad criminal. El error invencible implica que, a pesar de la diligencia razonable del autor, este no pudo evitar el error.
  2. Error vencible sobre los hechos: Si el error era vencible (es decir, el autor podría haberlo evitado actuando con mayor diligencia), no se excluye la responsabilidad, pero la infracción será castigada como si se hubiera cometido de forma imprudente.
  3. Error sobre un hecho que cualifique la infracción o una circunstancia agravante: Si existe un error respecto a hechos que agravan la responsabilidad penal o califican el delito (por ejemplo, la percepción errónea de que no hay menores de edad en una situación de abuso), no se aplicarán esas circunstancias.
  4. Error sobre la ilicitud del hecho (desconocimiento de que es delito): Cuando el autor desconoce la ilicitud del hecho (por ejemplo, por falta de información), se excluye la responsabilidad penal si el error es invencible. Si el error es vencible, la pena se aplicará en uno o dos grados inferiores.

Ejemplos de aplicación:

  • Error invencible sobre un hecho: Una persona compra un objeto que cree que es de segunda mano, sin saber que es robado. Si, atendidas las circunstancias, este error no podía haber sido evitado mediante una diligencia razonable, se excluye su responsabilidad penal.
  • Error vencible sobre un hecho: Un cazador dispara y mata a una persona, creyendo que es un animal. Si se concluye que el cazador no actuó con la diligencia necesaria (por ejemplo, no verificó correctamente), su conducta se considerará imprudente y será sancionado por homicidio imprudente.

Error invencible y vencible sobre hechos y cualificación

El artículo 14 distingue entre dos tipos de error sobre los hechos:

  1. Error invencible: Este error excluye completamente la responsabilidad penal, ya que el autor actuó bajo una percepción equivocada de la realidad, pero que no podía evitar con diligencia razonable. Ejemplos típicos incluyen creer que se tiene derecho a realizar una acción que en realidad está prohibida por ley.
  2. Error vencible: En este caso, el autor comete el delito por un error que, con mayor precaución o diligencia, podría haber evitado. Por ejemplo, conducir sin verificar que se tiene la documentación correcta. En estos casos, se impondrá la responsabilidad por un delito imprudente.

Ejemplos de aplicación:

  • Error invencible sobre hechos calificativos: Un hombre cree que la persona con la que tiene relaciones sexuales es mayor de edad, basándose en documentos falsificados que la propia persona le proporciona. Este error invencible sobre la edad impediría la aplicación de una agravante por tener relaciones sexuales con un menor.
  • Error vencible sobre la naturaleza de un hecho: Un trabajador manipula un producto químico peligroso sin haber verificado las instrucciones de seguridad, causando un accidente. Si el error es vencible, su acción será tratada como una imprudencia y no se considerará como un delito doloso.

Error sobre la ilicitud del hecho

El error sobre la ilicitud del hecho se refiere a cuando el autor desconoce que su conducta es delictiva. Si este desconocimiento es invencible (es decir, el autor no podía conocer la ilicitud del hecho), se excluye la responsabilidad penal. Sin embargo, si el error es vencible, es decir, el autor podría haber sabido que su conducta era ilícita con mayor diligencia, se le aplicará una pena inferior en uno o dos grados.

Ejemplos de aplicación:

  • Error invencible sobre la ilicitud: Un extranjero que llega a España y participa en una actividad comercial legal en su país pero prohibida en España, como la venta de productos sin los permisos necesarios. Si no tenía forma de conocer las normas españolas y actuaba con buena fe, se excluirá su responsabilidad penal por el error invencible.
  • Error vencible sobre la ilicitud: Un empresario español que importa productos químicos sin verificar si están permitidos en el país. Si el empresario, con un mínimo de diligencia, podría haber sabido que la importación era ilegal, se le aplicará una sanción con una reducción de la pena, pero no se excluirá la responsabilidad.