1. La conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo.
2. La proposición existe cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en él.
3. La conspiración y la proposición para delinquir sólo se castigarán en los casos especialmente previstos en la ley.
Artículo 17 Código Penal
Análisis del artículo 17 del Código Penal Español
El artículo 17 del Código Penal español regula dos formas de participación previa en un delito: la conspiración y la proposición. Estas figuras se refieren a fases anteriores a la ejecución de un delito, cuando se planea o se invita a otros a participar en la comisión de un hecho delictivo. Sin embargo, el artículo aclara que la conspiración y la proposición solo serán punibles si la ley lo prevé específicamente para ciertos delitos.
Cuándo se aplica el artículo 17 CP
Este artículo se aplica en aquellos casos en los que se han realizado acuerdos o invitaciones para delinquir, pero sin que se haya llegado a la fase de ejecución del delito. Estas figuras, la conspiración y la proposición, constituyen actos preparatorios punibles, pero solo son sancionados en aquellos delitos en los que la ley expresamente lo permite, como en delitos graves como el homicidio, terrorismo o traición.
Requisitos para la conspiración:
- Acuerdo entre dos o más personas: La conspiración requiere la participación de al menos dos personas que acuerden la comisión de un delito.
- Resolución firme de ejecutar el delito: No basta con hablar o pensar en cometer un delito; las personas deben haber resuelto firmemente ejecutarlo, lo que indica un paso avanzado en la preparación.
Requisitos para la proposición:
- Resolución personal de cometer un delito: La proposición existe cuando una persona ha tomado la decisión firme de cometer un delito.
- Invitación a otros para participar: El autor de la proposición invita a otras personas a unirse en la ejecución del delito, aunque no es necesario que los invitados acepten para que la proposición sea punible en los casos que prevé la ley.
Ejemplos de aplicación:
- Conspiración para cometer homicidio: Dos personas acuerdan y planean asesinar a una tercera, estableciendo los detalles de cómo lo harán. Aunque no han iniciado la ejecución, la conspiración es punible si la ley así lo contempla, ya que han resuelto cometer el delito.
- Proposición para robo: Un individuo que planea robar un banco invita a otra persona a unirse al plan. Aunque la segunda persona no acepte la invitación, el simple hecho de proponer participar en el delito puede ser sancionado como proposición.
Conspiración y proposición: delitos especialmente previstos
El artículo 17 aclara que tanto la conspiración como la proposición solo serán castigadas cuando así lo disponga expresamente la ley. Estas figuras no se aplican a todos los delitos, sino solo a aquellos considerados graves o de especial relevancia social. Entre los delitos en los que suelen aplicarse estas figuras se encuentran:
- Delitos de terrorismo: La conspiración o proposición para cometer actos terroristas es punible, ya que el riesgo para la sociedad es elevado incluso en las fases preparatorias.
- Delitos contra la Corona: En el caso de delitos como el atentado contra el Rey, la proposición o conspiración es sancionada por el peligro que representan estos actos.
- Homicidio: En algunos casos, la conspiración para cometer homicidio está penalizada, ya que el acuerdo firme entre varias personas para matar a alguien es considerado un riesgo grave para la vida de la víctima.
Ejemplos prácticos de aplicación:
- Conspiración en un delito de terrorismo: Un grupo de personas acuerda cometer un atentado terrorista y empieza a planificar los detalles, como los explosivos que utilizarán y el lugar del ataque. Aunque no hayan comenzado la ejecución del ataque, la conspiración es punible en virtud de las leyes antiterroristas.
- Proposición en un delito de narcotráfico: Una persona que está involucrada en el tráfico de drogas propone a otra unirse a su red para transportar sustancias ilegales. La proposición en este caso puede ser punible si la ley lo prevé específicamente para los delitos relacionados con el tráfico de drogas.
Diferencias entre conspiración y proposición
La conspiración implica un acuerdo firme entre dos o más personas para ejecutar un delito, mientras que la proposición es una invitación individual para que otros participen en un delito que el autor ya ha decidido cometer. En ambos casos, no es necesario que el delito llegue a ejecutarse para que estas conductas sean punibles, aunque deben estar específicamente contempladas por la ley.
Ejemplo comparativo:
- Conspiración para secuestro: Tres personas acuerdan secuestrar a un empresario y establecen cómo y cuándo llevarán a cabo el secuestro. Este acuerdo puede ser sancionado como conspiración.
- Proposición para robo: Una persona planea robar una tienda y le pide a un amigo que lo ayude en el asalto. Aunque su amigo no acepte, el hecho de proponer participar en el delito puede ser castigado.
- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Titulo I: De la infracción penal
- Capítulo I: De los delitos
- Titulo I: De la infracción penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal