Cuando los hechos previstos en los artículos de este título se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. En estos supuestos la autoridad judicial podrá decretar, además, alguna o algunas de las medidas previstas en el artículo 129 de este Código.
Artículo 318 Código Penal
¿Qué establece el artículo 318 del Código Penal español?
El artículo 318 del Código Penal español regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos previstos en este título, que se refiere a la seguridad y salud en el trabajo. En este artículo se especifica que cuando los hechos delictivos relacionados con la seguridad laboral y la prevención de riesgos laborales se cometan en el ámbito de una persona jurídica (como una empresa o corporación), serán los administradores o encargados del servicio quienes resulten responsables si han sido los responsables directos de los mismos.
Además, se establece que si estos administradores o encargados conocían los hechos y, pudiendo remediarlos, no tomaron las medidas necesarias para evitar el delito, también se les imputará responsabilidad penal.
Asimismo, el artículo permite que la autoridad judicial decrete medidas adicionales para la persona jurídica, basándose en las previstas en el Artículo 129 del Código Penal, que pueden incluir:
- Disolución de la empresa.
- Suspensión temporal de sus actividades.
- Clausura de locales y establecimientos.
- Inhabilitación para obtener subvenciones o contratar con la Administración Pública.
Ejemplos de aplicación del artículo 318
- Accidente laboral por negligencia de un administrador: Si una empresa incumple gravemente las normas de seguridad en el trabajo y se produce un accidente laboral que pone en peligro la vida de los empleados, el administrador de la empresa que tenía conocimiento de las deficiencias de seguridad, pero no adoptó las medidas necesarias para corregirlas, podría ser sancionado bajo el artículo 318. Además, el juez podría imponer medidas adicionales, como la clausura temporal del establecimiento donde se cometió el delito.
- Empresa que ignora las advertencias de seguridad: Si en una planta industrial se advierte repetidamente sobre el riesgo de un accidente debido a la falta de medidas de seguridad, y el encargado de la planta no toma medidas, pese a conocer el peligro, este podría ser responsable penalmente por no remediar la situación. En este caso, si el juez lo considera apropiado, podría imponer también sanciones a la empresa, como la suspensión temporal de sus actividades o la prohibición de obtener subvenciones públicas.
- Responsabilidad de la empresa en caso de trabajo en altura sin protección: En una empresa de construcción, si el administrador o encargado de los trabajos es consciente de que los empleados están trabajando en altura sin arneses ni otras medidas de seguridad, y no hace nada para solucionarlo, podría ser responsable penalmente bajo el artículo 318 si ocurre un accidente. Además, la empresa podría enfrentarse a medidas judiciales como la inhabilitación para contratar con la Administración Pública.
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XV: De los delitos contra los derechos de los trabajadores
- LIBRO II: Delitos y sus penas