Artículo 138 del Código Penal explicado

1. El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.

2. Los hechos serán castigados con la pena superior en grado en los siguientes casos:

a) cuando concurra en su comisión alguna de las circunstancias del apartado 1 del artículo 140, o

b) cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550.

Artículo 138 Código Penal

¿Qué establece el artículo 138 del Código Penal español?

El artículo 138 del Código Penal español regula el delito de homicidio, estableciendo las penas para quienes privan de la vida a otra persona. El homicidio, en su forma básica, se castiga con penas de prisión de diez a quince años. Este artículo se aplica cuando el acto de matar no incluye circunstancias agravantes específicas que lo convertirían en asesinato, pero sigue siendo uno de los delitos más graves del ordenamiento jurídico español.

Además, el artículo contempla situaciones en las que la pena puede ser superior en grado, es decir, se agrava si concurren ciertas circunstancias:

  • Circunstancias del apartado 1 del artículo 140, que incluyen agravantes como la alevosía, ensañamiento, el motivo discriminatorio por razones de género, o que la víctima sea menor de 16 años o especialmente vulnerable.
  • Si los hechos son también constitutivos de un delito de atentado según el artículo 550 del Código Penal, que se refiere a agresiones o resistencias graves contra la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos.

Ejemplos de aplicación del artículo 138

  1. Homicidio simple: Si una persona, durante una discusión, mata a otra sin premeditación ni alevosía, será considerada responsable de un homicidio según el artículo 138. En este caso, la pena oscilaría entre diez y quince años de prisión, ya que no concurren circunstancias agravantes que elevarían la pena al grado de asesinato.
  2. Homicidio con agravantes del artículo 140: Un ejemplo en el que se aplicaría la pena superior en grado sería si alguien mata a una persona menor de 16 años, una persona con discapacidad o utiliza métodos que provoquen un sufrimiento innecesario a la víctima (ensañamiento). En este caso, aunque el delito sigue siendo un homicidio, la presencia de estas circunstancias agravantes puede llevar a una pena mayor.
  3. Homicidio y delito de atentado: Si un individuo mata a un policía o a un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, además del homicidio se estaría cometiendo un delito de atentado. Por lo tanto, la pena se vería aumentada, aplicándose la pena superior en grado por la gravedad del acto, que constituye un ataque contra la autoridad.
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