1. La responsabilidad penal de las personas jurídicas será exigible siempre que se constate la comisión de un delito que haya tenido que cometerse por quien ostente los cargos o funciones aludidas en el artículo anterior, aun cuando la concreta persona física responsable no haya sido individualizada o no haya sido posible dirigir el procedimiento contra ella. Cuando como consecuencia de los mismos hechos se impusiere a ambas la pena de multa, los jueces o tribunales modularán las respectivas cuantías, de modo que la suma resultante no sea desproporcionada en relación con la gravedad de aquéllos.
2. La concurrencia, en las personas que materialmente hayan realizado los hechos o en las que los hubiesen hecho posibles por no haber ejercido el debido control, de circunstancias que afecten a la culpabilidad del acusado o agraven su responsabilidad, o el hecho de que dichas personas hayan fallecido o se hubieren sustraído a la acción de la justicia, no excluirá ni modificará la responsabilidad penal de las personas jurídicas, sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo siguiente.
Artículo 31 ter Código Penal
Análisis del artículo 31 ter del Código Penal Español
El artículo 31 ter del Código Penal español complementa el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, estableciendo que dicha responsabilidad puede ser exigida independientemente de si se ha identificado o procesado a la persona física que ha cometido el delito. Además, establece cómo los jueces deben actuar cuando, como consecuencia de los mismos hechos, se imponga una pena tanto a la persona física como a la jurídica. El artículo también aclara que circunstancias personales de las personas físicas involucradas, como su fallecimiento o eludir la justicia, no eximen a la persona jurídica de su responsabilidad penal.
Cuándo se aplica el artículo 31 ter CP
Este artículo se aplica cuando una persona jurídica (empresa, organización, asociación, etc.) debe asumir responsabilidad penal por un delito cometido en su nombre o beneficio, incluso cuando no se ha identificado o no se puede perseguir penalmente a la persona física que materialmente cometió el delito. Es decir, la responsabilidad penal de la persona jurídica es independiente de la situación procesal de los individuos que participaron en el delito.
Asimismo, el artículo regula la imposición de multas a ambas partes (persona física y jurídica) y establece que los jueces deben modular las cuantías de manera que la suma de las sanciones no resulte desproporcionada en relación con la gravedad del delito.
Ejemplos de aplicación:
- Delito financiero en una empresa: Un directivo de una empresa comete un delito de blanqueo de capitales utilizando los recursos de la entidad. Si el directivo huye del país y no puede ser procesado, la empresa aún puede ser responsable penalmente por la falta de controles internos que permitieron la comisión del delito.
- Multa tanto a la persona física como a la jurídica: En un caso de fraude fiscal, se impone una multa tanto a la empresa como al administrador responsable. Los jueces deben ajustar las cuantías de las multas para que, sumadas, no resulten excesivas en comparación con la gravedad del delito cometido.
Responsabilidad de la persona jurídica sin identificación de la persona física
El artículo 31 ter establece que la responsabilidad penal de la persona jurídica es exigible incluso cuando no se ha podido individualizar al autor físico del delito, o cuando, por otras razones, no se puede procesar a la persona física. Esto refuerza el principio de que las personas jurídicas son responsables penalmente por los delitos cometidos en su nombre o beneficio, siempre que se haya constatado la existencia del delito.
Ejemplos prácticos:
- Delito de contaminación ambiental: Una empresa es responsable de un vertido tóxico que contamina un río, pero no se puede identificar a los empleados específicos que ejecutaron el vertido. Aunque no se logre individualizar a la persona física responsable, la empresa sigue siendo responsable penalmente.
- Delito informático desde una empresa: Un empleado utiliza los sistemas de una empresa para cometer un delito cibernético, pero no se logra identificar al responsable exacto dentro de la organización. Aun así, la empresa puede ser procesada y sancionada por no haber implementado los controles adecuados para evitar este delito.
Modulación de las multas impuestas a personas físicas y jurídicas
Cuando el delito involucra tanto a personas físicas como jurídicas, y se imponen multas a ambas partes, el artículo establece que los jueces deben modular las cuantías de forma que la suma total no sea desproporcionada. Esta medida tiene el objetivo de asegurar que las multas sean adecuadas a la gravedad del delito y no resulten excesivas cuando se suman las sanciones a la persona física y la jurídica.
Ejemplos de aplicación:
- Fraude contable: Un directivo de una empresa y la propia empresa son multados por un fraude contable. Los jueces deben asegurarse de que la suma de las multas impuestas a ambos no sea desproporcionada en relación con el daño causado o la gravedad del delito.
- Delito fiscal en una compañía: Una empresa y su gerente son condenados por evasión fiscal. El tribunal impone una multa a la empresa y otra al gerente, pero debe ajustar ambas multas para evitar una sanción excesiva en conjunto.
Circunstancias personales de la persona física no eximen a la persona jurídica
El artículo 31 ter CP también establece que las circunstancias personales de las personas físicas involucradas en el delito (como fallecimiento, huida de la justicia o circunstancias que afecten su culpabilidad) no afectarán la responsabilidad penal de la persona jurídica. Esto significa que, incluso si la persona física que cometió el delito ya no puede ser procesada, la persona jurídica seguirá siendo responsable.
Ejemplos Prácticos:
- Delito cometido por un directivo fallecido: Si un directivo de una empresa que cometió un delito de estafa fallece antes de ser procesado, la empresa aún puede ser responsable penalmente y sancionada por los hechos cometidos en su beneficio.
- Empleado que elude la justicia: Un empleado que ha cometido un delito en el contexto de su trabajo para una empresa huye del país y no puede ser procesado. Aun así, la empresa puede ser sancionada si se demuestra que se benefició directa o indirectamente del delito.
- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título II: De las personas criminalmente responsables de los delitos
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal