El que, sin hallarse debidamente autorizado, elabore sustancias nocivas para la salud o productos químicos que puedan causar estragos, o los despache o suministre, o comercie con ellos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses, e inhabilitación especial para profesión o industria por tiempo de seis meses a dos años.
Artículo 359 Código Penal
¿Qué establece el artículo 359 del Código Penal español?
El artículo 359 del Código Penal español castiga la elaboración, despacho, suministro o comercio de sustancias nocivas para la salud o productos químicos que puedan causar estragos, sin la debida autorización. Este artículo busca proteger la salud pública y prevenir riesgos a gran escala derivados del manejo irresponsable de productos peligrosos.
Puntos clave del artículo:
- Elaboración de sustancias nocivas sin autorización: Cualquier persona que, sin la autorización correspondiente, fabrique sustancias que representen un riesgo para la salud o productos químicos capaces de causar grandes daños, está incurriendo en un delito penal.
- Comercio y suministro de sustancias peligrosas: También se considera delito despachar, suministrar o comerciar con estas sustancias sin autorización. No es necesario que la persona fabrique las sustancias, basta con que participe en su distribución.
- Penas aplicables: Las sanciones previstas para este delito incluyen:
- Prisión de seis meses a tres años.
- Multa de seis a doce meses.
- Inhabilitación especial para profesión o industria relacionada durante un período de seis meses a dos años.
¿Cuándo se aplica el artículo 359?
Este artículo se aplica en situaciones en las que una persona o empresa elabora, despacha, suministra o comercia con productos químicos o sustancias peligrosas sin estar debidamente autorizada. Las sustancias pueden ser nocivas para la salud o capaces de causar daños graves (estragos). El propósito de la norma es evitar que sustancias potencialmente peligrosas se manejen fuera de los controles legales, lo que podría poner en riesgo la salud pública o causar daños graves.
Casos en los que se puede aplicar:
- Fabricación de sustancias sin licencia: Si una empresa produce sustancias químicas peligrosas, como pesticidas o productos industriales, sin la autorización debida, se estaría incurriendo en un delito bajo este artículo.
- Venta de productos sin autorización: Si un individuo o empresa distribuye productos químicos que requieren autorización previa, como productos farmacéuticos peligrosos o sustancias controladas, sin contar con los permisos correspondientes, podría ser sancionado conforme a este artículo.
- Comercio ilegal de sustancias peligrosas: Este artículo también se aplicaría en situaciones donde se comercia con productos químicos que puedan causar estragos (explosivos, venenos, etc.) sin contar con las licencias necesarias para su manejo y distribución.
Ejemplos de aplicación del artículo 359
- Elaboración de pesticidas sin licencia: Una empresa fabrica pesticidas que contienen sustancias altamente tóxicas sin contar con las licencias requeridas para su producción y comercialización. En este caso, se estaría violando el artículo 359, y la empresa o persona responsable podría enfrentar penas de prisión, multa e inhabilitación para seguir en esa actividad.
- Venta de productos químicos sin autorización: Una tienda de productos industriales despacha ácido sulfúrico sin estar debidamente autorizada para su venta, lo cual es peligroso debido al uso potencial de esta sustancia en actividades ilícitas o en la fabricación de explosivos. En este caso, el propietario podría ser procesado por el delito previsto en el artículo 359.
- Comercio ilegal de explosivos: Un individuo comercializa de manera ilegal productos químicos que pueden ser utilizados para fabricar explosivos sin contar con los permisos de seguridad requeridos. Si es descubierto, podría ser condenado a las penas previstas en el artículo.
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XVII: De los delitos contra la seguridad colectiva
- Capítulo III: De los delitos contra la salud pública
- Artículo 359
- Artículo 360
- Artículo 361
- Artículo 361 bis
- Artículo 362
- Artículo 362 bis
- Artículo 362 ter
- Artículo 362 quater
- Artículo 362 quinquies
- Artículo 362 sexies
- Artículo 363
- Artículo 364
- Artículo 365
- Artículo 366
- Artículo 367
- Artículo 368
- Artículo 369
- Artículo 369 bis
- Artículo 370
- Artículo 371
- Artículo 372
- Artículo 373
- Artículo 374
- Artículo 375
- Artículo 376
- Artículo 377
- Artículo 378
- Capítulo III: De los delitos contra la salud pública
- Título XVII: De los delitos contra la seguridad colectiva
- LIBRO II: Delitos y sus penas